viernes, 17 de marzo de 2006

LA MAZMORRA DIGITAL (10-3-2006)

Madrid, a 9 de marzo de 2006

Resumen de la sesión de Este Alto Tribunal de la Sala Única de lo Impreso celebrada en el día de la fecha.

Comparece ante este Tribunal el Presidente de la Compañía Vodafone España, José Manuel Entrecanales, entre ocho corchetes y cuatro alguaciles, engrillado y en jaula, por la especial peligrosidad que a juicio de esta Sala reviste el mismo, responsable penal último de los hechos que se narran a continuación.

El fiscal procede a la lectura del acta de acusación.

Antecedentes y hechos:

En las páginas web de la compañía comercial dirigida por el procesado, en los medios de prensa escrita y digital, en radios y en televisiones y con grande repercusión pública y mediática se ha iniciado desde el mes de diciembre de 2005 una masiva campaña publicitaria con el siguiente lema como motivo central de la misma:

“Desde estas navidades HASTA VERANO, los clientes de Vodafone pagarán un minuto y podrán hablar hasta...” etc.

Considerandos:

Considerando primero este ministerio fiscal que la locución HASTA VERANO es una grave manifestación de estulticia lingüística y de mal uso del patrimonio verbal común que es la lengua normalmente asentada, y barruntando además en el encausado y en la cadena de responsables a su mando, bien descuido, bien simple ignorancia o aún peor, mala fe dirigida a la destrucción sistemática de ésta nuestra lengua, y tal vez, y entiéndase tal como agravante, en el mal entendido afán de remedar expresiones vigentes en otras lenguas, suponiendo además en tales barbarismos, de forma atrabiliaria y dudosa, grande modernidad y beneficio para el común, aparte del propio que sin duda se persigue:

Considerando segundo que el logro de dicho beneficio, motor último de la libre empresa, no tiene necesariamente que conculcar bienes comunes, como lo es el idioma:

Considerando tercero que los estragos causados por la masiva irrupción de tal frase-remoquete en dicha campaña se han constituído en plaga hasta el punto de que la desdichada ocurrencia ha sido de inmediato imitada por otros anunciantes (por lo tanto, además de igualmente estultos, plagiarios) como la Compañía Seat, por ejemplo, cuyo Presidente ya ha sido asimismo puesto en busca y captura por este Tribunal):

Considerando cuarto que en todo Internet se puede actualmente encontrar tan desgraciada expresión en millares de anuncios y páginas de empresas y particulares, es decir, que se ha producido un nefasto efecto de emulación en cadena:

Considerando que inclusos personas cultas y capaces están incorporando masivamente dicha abominación a sus hábitos verbales, por puro espíritu de imitación y sin detenerse a efectuar la más mínima reflexión al respecto:

Considerando ítem más que los artículos tiene un uso propio y específico en el castellano como lo tienen la tilde de la eñe o la impronunciable jota para otros pueblos, y no por ello se le ocurre a nadie suprimirlos o hacer befa de ellos:

Y considerando por último las ya más que extremas dificultades que el sistema educativo tiene que afrontar para capacitar siquiera medianamente a legiones de educandos para nada interesados ni aún obligados a aprender elementos ya de por sí mínimos como para tener además que afrontar nuevas pegas y cortapisas por causas imputables a mera ignorancia, estólida intención y pura codicia comercial:

este Ministerio Fiscal propone al Juez Único de este Alto Tribunal una sanción ejemplar para el imputado y que resulte a su vez disuasoria para sus subordinados y otros.

Solicita asimismo la imputación del publicista responsable de la campaña por considerar que también ha incurrido en el mismo delito.

Oída la defensa que propone la libre absolución del imputado por no haber, a su juicio, delito, y expulsado el defensor a garrotazos de la sala por bobalicón, se procede a declarar este Juicio visto para sentencia.


El Juez Único cree que debe sentenciar y sentencia:

Que la Compañía Vodafone España correrá con todas las costas de este proceso.

Que la Compañía Vodafone presidida por el imputado, y por completo a su costa, procederá a intercalar el artículo EL en cada uno de sus anuncios, figurando dicho artículo obligatoriamente en letras mayúsculas en la prensa escrita y digital y deteníendose largamente la locución en el mismo en los anuncios radiofónicos y televisivos (al estilo D. Alfonso Urdaci leyendo rectificaciones, para entenderse), y con finalidad meramente reeducadora para los muchos oídos inadvertidos e indefensos tan gravemente perjudicados por la nefanda práctica que esta sentencia proscribe .

Que el imputado es culpable de los hechos narrados y que por tanto procede entregarlo al verdugo de esta Audiencia, quien le pondrá en mazmorra severísima, aherrojado y en grillos y a pan del que engorda y a agua de la que no adelgaza y debiendo tantas veces al día como veces hayan aparecido diariamente sus anuncios en los medios, rascar los oídos del reo con garfios acerados y afilados anzuelos, hasta causarle doloroso sangrado en los mismos y agobio, aflicción y desespero en el oír, escuchar y entender, como él mismo ha causado en la ciudadanía por causa de su impropria, necia y codiciosa conducta.

Y todo ello, se entiende, hasta EL verano, momento en el cual, y nunca antes, y atendiendo al comportamiento y mejora en la dicción del reo, se podrá estudiar discrecionalmente la concesión de la libertad condicional, tal vez para antes del siguiente verano.


Es sentencia firme y no recurrible.

Transcríbase y hágase público.

Dado en Madrid a 9 de Marzo de 2006.

Por la transcripción, fdo, el Secretario, Juan Bosco Garralda y Pico de los Gaitanes.

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